El Registro Único del Contribuyente es el medio que certifica el funcionamiento legal de su negocio o prestación de servicios como persona natural.
¿QUÉ ES RUC?
Es un número de identificación del contribuyente ante la SUNAT y es de uso obligatorio para cualquier gestión que se realice ante la Administración Tributaria. Dicho número consta de once(11) dígitos, es único para cada contribuyente y es de uso exclusivo de su titular.
¿QUÉ NECESITO PARA OBTENER MI RUC?
Necesito presentar los siguientes documentos:
- Original y copia del DNI
- Recibo de agua, luz ó teléfono o algún otro que demuestre la validez del domicilio donde el contribuyente realiza sus actividades
- Presentar estos documentos en un Centro de Servicio al Contribuyente
- Quiénes no necesitan RUC
Quiénes no necesitan RUC
- No deben inscribirse en el RUC las personas naturales que perciban exclusivamente rentas consideradas de quinta categoría según las normas del Impuesto a la Renta.
- Las personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas que perciban exclusivamente intereses provenientes de depósitos efectuados en las Instituciones del Sistema Financiero Nacional autorizadas por la Superintendencia de Banca y Seguros.
- Personas naturales y sociedades que sean sujetos del Impuesto a las Transacciones Financieras, Impuesto de Solidaridad en favor de la Niñez Desamparada y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional.